En 2020 no solo no se ha producido ningún avance en materia de libertad de expresión e información, sino que ha sido un año, como los anteriores, con amenazas graves a estos derechos fundamentales, según el balance anual de la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI).  En el último trimestre, hasta tres informes internacionales (de Naciones Unidas, la Comisión Europea y Unesco) señalaban límites inaceptables a la libertad de expresión que existen en nuestro país.

La pandemia del coronavirus ha tenido, también, un impacto negativo en la libertad de información en España, principalmente por las consecuencias económicas -pérdida de ingresos y de puestos de trabajo en los medios- y los déficits en transparencia. Sin embargo, al mismo tiempo, la emergencia sanitaria ha demostrado, en ocasiones, la importancia del periodismo a la hora de ofrecer información útil y de interés público, desmontar ‘bulos’ y vigilar la gestión de la crisis.

Estos serían, a juicio de la PDLI, los diez momentos clave del año:

1. EL HUMOR, LA PRIMERA Y ÚLTIMA VÍCTIMA DE 2020

El año comenzaba con citación judicial al dibujante mallorquín Toni Galmés como imputado (investigado) por un supuesto delito de calumnias en un libro-cómic sobre los incidentes del referéndum del 1-O en Cataluña. Cuatro sindicatos de la Policía Nacional le habían denunciado.

En diciembre, el Tribunal Supremo ha confirmado la condena a la revista Mongolia por un fotomontaje del extorero Ortega Cano. La publicación tendrá que indemnizarle con 40.000 euros por divulgar ese fotomontaje del exmatador. La PDLI, además de otros juristas y expertos, manifestó su rechazo a la sentencia por entender que vulnera el derecho a la libertad de expresión al pasar por alto la condición de figura pública de Ortega Cano y la especial protección de la que gozan los contenidos satíricos; especial protección que permite amparar ciertos mensajes que en otros escenarios tal vez serían perseguibles.

2. EL ‘DECRETAZO DIGITAL’, RECURRIDO ANTE EL CONSTITUCIONAL

En enero, la PDLI junto con organizaciones de internautas y juristas expertos[1] denunciaba ante el Defensor del Pueblo la reforma de la Ley General de Telecomunicaciones (conocida como ‘Decretazo Digital’) por considerar que vulnera derechos constitucionales. El Defensor instó al Gobierno a reformar esta norma, pero no presentó recurso contra la misma ante el Tribunal Constitucional al estar en marcha los presentados por los Gobiernos catalán y vasco.

Entre los aspectos más problemáticos de esta norma, aún vigente, se encuentran los siguientes: la capacidad del Gobierno de suspender, por criterios de orden público, el acceso a la red o a alguna de sus partes (páginas web, aplicaciones, protocolos…); la regulación mediante Real Decreto Ley sin que se dieran las condiciones de extraordinaria y urgente necesidad que justificarían este tipo de regulación; las amplias facultades que la norma otorga al Ejecutivo para recortar derechos en base a una redacción confusa y ambigua; y, finalmente, contempla la intervención de Internet y de las comunicaciones sin control judicial.

3. LAS ‘LEYES MORDAZA’ CUMPLEN CINCO AÑOS

En marzo las ‘Leyes Mordaza’ (la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana y la doble reforma del Código Penal) cumplían cinco años desde su aprobación y acaban 2020, lamentablemente, gozando de buena salud.

A pesar de que en el Congreso se presentaron iniciativas[2] para su reforma, en lo que llevamos de legislatura no se ha producido ningún avance.

En febrero, la PDLI convocaba en el Congreso de los Diputados a víctimas de estas normas y a las principales organizaciones internacionales y españolas de defensa de la libertad de expresión para reclamar su derogación. En julio, la Plataforma, junto con Amnistía Internacional, Greenpeace y Defiende a Quien Defiende promovieron un manifiesto pidiendo su derogación que fue apoyado por 230 entidades (entre otras muchas, UGT, FAPE, la FeSP, CEAR, la PAH, Hay Derecho…).

Ley de seguridad ciudadana: el Constitucional anula el artículo sobre captación de imágenes a la policía

A finales de noviembre, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional[4] el artículo 36.23 de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, sobre la autorización para captar imágenes a la Policía, por entender que incurría en un supuesto de censura gubernativa contrario al artículo 20 de la Constitución.

Sin embargo, como la PDLI viene denunciando desde hace años[5], las sanciones contra periodistas o activistas se están aplicando en función de una serie de artículos que no han sido objeto de recurso ante el alto Tribunal.

Según las últimas estadísticas anuales disponibles (2019), los artículos más usados para sancionar no se encuentran entre los que han sido revisados por el TC. Así, el artículo 37.4 sobre faltas de respeto a la Policía fue el tercer motivo de sanción (solo tras consumo/tenencia de drogas en vía pública -36.16- y tenencia de armas -36.10-), con un total de 18.687 multas con una cuantía total 2.813.790 euros. Le sigue el artículo 36.6, sobre desobediencia o resistencia o negativa a identificarse, que representó en 2019 12.645 sanciones con una cuantía de 7.787.554 euros (615 euros multa media), mientras que el artículo 36.23, que ha sido ahora declarado nulo, provocó ‘solo’ 38 sanciones por 25.036 euros (660 euros es la cuantía de la multa media)[6].

Mientras, en Francia los periodistas y activistas usaron la experiencia española para frenar una reforma legal en esta misma dirección.

Código Penal y delitos de expresión

En cuanto al Código Penal, en junio la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirmaba la sentencia de la Audiencia Nacional que condenó en septiembre de 2018 aseis meses de prisión a doce miembros del grupo de rap ‘La Insurgencia’ por el delito de enaltecimiento del terrorismo. El Tribunal Supremo consideró que las letras de sus cancionesensalzaban a los GRAPO y que esto (al contrario de lo que contemplan los estándares internacionales, a juicio de la PDLI) representa un delito de enaltecimiento del terrorismo.

Otro caso que vulnera el derecho a la libertad de expresión, según considera la PDLI, es el caso que llevará a declarar ante la Audiencia Nacional a doce personas este mes de enero por un “delito contra la Corona”. El motivo: una acción simbólica de protesta el 12 de octubre en Navarra en el que dos muñecos que representaban a Felipe VI y Cristóbal Colón terminaron sin cabeza.

También fue condenada, esta vez por el Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga, la mujer acusada de participar en la llamada ‘Gran Procesión del Santo Chumino Rebelde’ a una pena de nueve meses de multa con una cuota diaria de 10 euros por un delito contra los sentimientos religiosos y a pagar las costas del procedimiento judicial.

En la sentencia, recogida por Público, se establecía que “no puede considerarse amparada en la libertad de expresión la conducta de la acusada, pues llevó a cabo actos gravemente ofensivos y vejatorios para los sentimientos de los católicos”. Además, señalaba que uno de los textos leídos durante la marcha “pretende imitar de forma vejatoria una de las oraciones más importantes de la fe católica, que es el Credo”. 

En noviembre, el Tribunal Constitucional (TC) decidió no admitir a trámite el recurso del rapero Pablo Rivadulla Duró, conocido como Pablo Hasel, contra su condena de nueve meses de prisión que había confirmado el Tribunal Supremo en junio por enaltecimiento del terrorismo, con la agravante de reincidencia, e injurias y calumnias a la Monarquía y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, por ensalzar a figuras de miembros de las bandas terroristas ETA y GRAPO en su perfil de Twitter.

Una vez agotada la vía judicial, la Audiencia Nacional (AN) puede ordenar su ingreso en prisión de manera inminente, ya que a esta condena se suma a otra de dos años de cárcel también por enaltecimiento del terrorismo que le fue impuesta en 2014 por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (Sección Tercera) y que tiene en suspenso, tras ser ratificada por el Supremo.

En junio, Hasel fue además condenado a seis meses de prisión por agredir a un periodista de TV3, tras un juicio que el rapero calificó de ‘farsa’.

En la parte positiva hay que señalar que, en febrero, el Tribunal Constitucional consideró que la condena a un año de cárcel y seis años y medio de inhabilitación absoluta que el Tribunal Supremo impuso al líder del grupo de rap-metal Def con Dos, César Strawberry, vulneró su derecho a la libertad de expresión. El Alto Tribunal le consideró en enero de 2017 culpable del delito de enaltecimiento del terrorismo por seis tuits en los que ironizaba con la vuelta de los GRAPO y ETA y sobre la muerte Luis Carrero Blanco, presidente del Gobierno en el franquismo. Tres años después, se ha anulado esa sentencia.

La resolución, de la que fue ponente el magistrado progresista Juan Antonio Xiol, consideraba que el Supremo no valoró la “intención comunicativa” ni el contexto y circunstancias. Y que, “en consecuencia, el Alto Tribunal no valoró de forma correcta si esa conducta era ‘una manifestación del ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión’”, según informaba en su momento eldiario.es.

También Willy Toledo resultó finalmente absuelto por la audiencia provincial de Madrid, que consideró que sus comentarios en Facebook “no ofenden a los sentimientos religiosos”.

4. AGRESIONES A PERIODISTAS

En 2020 se han producido incidentes relevantes contra la seguridad de los periodistas, a pesar de que la UNESCO ha advertido este mismo año a los Estados que las “agresiones en los últimos años contra periodistas que cubren manifestaciones o protestas en todo el mundo representan una amenaza para la libertad de prensa y una violación de normas y acuerdos internacionales”.

La PDLI ha venido recogiendo estos casos y trasladándolos a los organismos internacionales de defensa de la libertad de prensa:

En marzo el fotoperiodista Jordi Borrás denunciaba que “un agente de Mossos me ha identificado mientras hacía fotos (con brazalete puesto) a un control policial en Barcelona”. Le identificaron “para que conste” y le advirtieron “que no podía fotografiar las caras de los agentes”.

En julio, mientras informaba sobre las protestas contra la monarquía española, la Guardia Civil le quitó el movil a Mikel Urabaien, periodista de Noticias Navarra. Cortaron el vídeo que estaba grabando y no se guardó su trabajo.

El 13 de octubre los Mossos detuvieron a la fotoperiodista colaboradora de La Directa Mireia Comas, durante un desahucio en Terrassa, acusada de atentado contra la autoridad. Comas denunció que estuvo una hora esposada contra la pared. La fiscalía ha solicitado un año de prisión para la fotoperiodista y el pago de una indemnización de 170 euros por la presunta agresión a uno de los agentes.

La cobertura de los reporteros gráficos también fue impedida por la Policía en la llegada de inmigrantes a Canarias en octubre, según denunciaron el fotógrafo Javier Bauluz y otros profesionales y fue recogido por la PDLI. El 2 de diciembre, Bauluz fue empujado y multado, según narró él mismo: “Con el muelle Arguineguín abierto al público, varios policías pretendieron alejar a los periodistas. Uno me aprieta nervio de antebrazo y le contesto. Dos denuncias por la Ley Mordaza, por falta respeto y negarme a identificarme”.

El 14 de mayo en Vitoria un Ertzaintza trató de impedir a un periodista que grabase una actuación policial.  La PDLI tuvo que recordar, una vez más, que los cuerpos policiales están sujetos, como cualquier otro funcionario público, al escrutinio informativo por parte de los medios.

También se han producido incidentes provocados por ciudadanos y manifestantes. El 22 de febrero de 2020, Raquel Guillán, periodista de Radio Televisión Canarias (RTVC) informaba en directo sobre los efectos del clima en Lanzarote cuando un hombre se le acercó y le dio un beso en la mejilla. Guillán continuó con la cobertura a pesar de lo sucedido. El 23 de febrero, la periodista denunció el caso a la Policía.

En mayo, en Zaragoza, un operador de cámara de TVE fue increpado fuertemente mientras realizaba su trabajo por un grupo de unas 30 personas que participan en una protesta contra el Gobierno, algunas de ellos con símbolos franquistas. Y en noviembre, manifestantes empujaban e insultaban a un reportero de La Sexta TV en una reunión de negacionistas del coronavirus.

Ese mismo mes, en Madrid, un reportero del diario La Razón era también agredido por manifestantes.

En este apartado también cabe incluir las agresiones que suponen los señalamientos personales en redes sociales por parte del poder político. Una práctica a la que han recurrido miembros de casi todos los partidos y que supone ir más allá del escrutinio y la crítica a la que los medios y periodistas están también sujetos.

Acoso online a mujeres periodistas

Las mujeres periodistas han continuado siendo objeto de agresiones machistas en redes sociales y, en ocasiones, fuera de ellas, como el sufrido por la feminista Irantzu Varela, colaboradora de varios medios, y que fue respondido con un manifiesto de solidaridad de 300 profesionales para reclamar que la violencia constante que sufren las mujeres con presencia pública sea considerada tortura.

5. POCA TRANSPARENCIA

Desde el inicio del estado de alarma, la PDLI vino destacando la exigencia de los organismos internacionales para que el derecho a la información y la transparencia no solo no se viera mermado por la situación excepcional, sino que, al contrario, se convirtiera en un arma eficaz contra la pandemia.

Los Relatores sobre libertad de expresión de la ONU (David Kaye) y la CIDH (Edison Lanza) y el Representante de la OSCE sobre libertad de prensa (Harlem Désir) emitieron en marzo una Declaración conjunta (“Ante la crisis del COVID-19, los Gobiernos deben promover el libre flujo de información”) instando a la transparencia por parte de los gobiernos.

Sin embargo, las carencias en la rendición de cuentas de los gobiernos estatal y autonómicos ante los medios de comunicación han sido importantes.

El 1 de abril, la PDLI pedía al Gobierno, junto a decenas de periodistas, transparencia y mayor equilibrio en la gestión de las preguntas de los medios en las ruedas de prensa telemáticas que se celebraban a diario desde que se decretó el estado de alarma. La presión contribuyó a que se lograse una solución más participativa, mediante el sistema de videoconferencia.

El 17 de abril, la PDLI trasladó a las organizaciones europeas de libertad de prensa (entre ellas, el ECPMF, del que es miembro) su preocupación por el deterioro de la transparencia en España a raíz de la suspensión de los plazos de la Ley de Transparencia. Según se denunciaba desde la PDLI, el estado de alarma “no debe suponer la paralización de la actividad de las administraciones públicas, y menos en funciones esenciales. La transparencia debe ser considerada prioritaria, al menos en cuestiones relacionadas con el coronavirus”. Diez días después, la Coalición Pro Acceso, de la que forma parte la PDLI, pedía también al Gobierno “un mayor compromiso” con el derecho de acceso a la información durante la crisis de la covid-19.

En cuanto a las Comunidades Autónomas, las diferencias entre regiones en materia de transparencia han sido llamativas.

La PDLI denunció, por ejemplo, la prohibición del Gobierno de Madrid a los profesionales sanitarios de hacer declaraciones a medios de comunicación sin autorización.

Newtral realizó un estudio entre regiones y comprobó cómo los portales-web de información sobre el coronavirus de los Gobiernos autonómicos no ofrecían datos homogéneos y algunos, como en Extremadura o Galicia, ni siquiera publicaban datos epidemiológicos actualizados.

También Civio investigó la transparencia de las CCAA para saber cuáles respondían a las solicitudes de información pública pese al estado de alarma y cuáles no. Según su análisis, algunas “Comunidades, con competencias –y datos– en materia sanitaria, siguieron el ejemplo del Gobierno central y mantuvieron paralizado este derecho, como fueron Andalucía, Canarias o la Región de Murcia. Otras, por el contrario, decidieron continuar respondiendo a las preguntas de la ciudadanía. Es el caso de los gobiernos de Castilla y LeónAsturiasCastilla-La Mancha o La Rioja, entre otros. En un punto medio estaban aquellas que tramitan y resuelven algunas solicitudes –no todas– como, por ejemplo, Madrid o Cataluña, las dos regiones más golpeadas por la epidemia, o la Comunidad Valenciana”.

La PDLI también trasladó al sistema europeo de rastreo de vulneraciones contra la libertad de prensa la negativa del Gobierno a informar sobre los nombres de los miembros del Comité Científico que asesoraba al Ejecutivo: “En situaciones de emergencia y de poderes extraordinarios las obligaciones de transparencia de los Gobiernos aumentan, no disminuyen. No podemos aceptar que una información que debe ser pública, de acuerdo con la Ley General de Sanidad se oculte”, se denunciaba el 7 de mayo por parte de la PDLI.

Finalmente, y a raíz de una petición de Maldita.es, el Gobierno ha dado a conocer en el mes de diciembre la composición de este Comité.

Por otro lado, y también en relación con la transparencia, la PDLI reclamó, junto con 50 organizaciones internacionales, protección para los ‘whistleblowers’ durante la pandemia de la covid-19.

La PDLI viene pidiendo que se regule la protección de las filtraciones periodísticas de modo que informadores, medios y periodistas no se vean amenazados con penas de cárcel por revelar información de interés público.

Tampoco 2020 ha supuesto avance alguno en la transposición pendiente de la Directiva europea de protección de los ‘whistleblowers’ que debería resolver esta cuestión.

6. LA DESINFORMACIÓN COMO EXCUSA

Al mismo tiempo que se producían estos límites a la transparencia y rendición de cuentas, el Gobierno usaba la pandemia como excusa para amenazar el derecho a la información a través de ‘globos sonda’ que, afortunadamente, no se han trasladado de momento a proyectos normativos concretos.

De ellos, destacó el anuncio del ministro de Justicia a principios de abril avisando de reformas legales para que “no se vayan de rositas los que contaminan la opinión pública de manera grosera y sin justificación ninguna”, según expresó en rueda de prensa.

También fueron preocupantes las declaraciones del Ministerio del Interior sugiriendo que se estaba realizando una vigilancia selectiva de Internet para detectar “bulos” que pudieran provocar “desafección a instituciones del Gobierno” y la intencionada pregunta del Centro de Investigaciones Sociológicas (organismo dependiente del Gobierno), en su barómetro mensual de abril, sobre si “habría que prohibir la difusión de bulos e informaciones engañosas y poco fundamentadas por las redes y los medios de comunicación social, remitiendo toda la información sobre la pandemia a fuentes oficiales”.

En noviembre, una Orden Ministerial reorganizando organismos con competencias en desinformación provocó una gran polémica a pesar de no representar ninguna amenaza concreta a la libertad de información. Esta norma no habilitaba al Gobierno a ningún tipo de intervención en los medios, una posibilidad que la PDLI viene rechazando desde hace años, pero que, en esta ocasión precisamente, no se daba.

7. OTRAS LEYES Y PROYECTOS QUE AMENAZAN LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Además del Decretazo Digital y los ‘globos sonda’ no concretados sobre desinformación, en 2020 se han aprobado otras iniciativas legislativas que pueden amenazar la libertad de expresión.

La principal, por tratarse de una iniciativa del Gobierno, sería el Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática, que contempla la penalización de discursos que pueden estar amparados por la libertad de expresión.

La PDLI también mostró su preocupación en julio de este año por la proposición de Vox para regular los medios especializados en verificación, lo que fue recogido como una amenaza a la libertad de prensa por el International Press Institute. Desde semanas atrás la PDLI venía alertando que “ya existe un procedimiento, judicial por supuesto, para verificar noticias falsas y condenar al medio a rectificar. Se llama derecho de rectificación, y está en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD)”.

En octubre, la PDLI manifestó su rechazo hacia la Proposición No de Ley que presentó Unidas Podemos en la Comisión de Interior del Congreso, y que resultó aprobada. La PDLI advirtió que la regulación propuesta podría ser inconstitucional en la medida en que supone un límite desproporcionado a la libertad de expresión al abrir la puerta a la censura, sin las garantías necesarias, de los contenidos de Internet.

En el ámbito comunitario, a finales de año la Comisión Europea presentaba su ambiciosa reforma de los mercados y servicios digitales. Esta última propuesta (conocida de momento solo por su denominación en inglés –Digital Service Act-) a pesar de haber evitado el principal riesgo de convertir a las grandes plataformas en los censores oficiales de Internet, incluye aspectos problemáticos que fueron analizados por la PDLI junto con expertos, en una jornada celebrada solo un día después de la presentación de la propuesta. Estas amenazas a la libertad de expresión se recogen en los artículos sobre los ‘contenidos nocivos’, el ‘conocimiento efectivo’ y los ‘riesgos sistémicos’, que pueden abrir la puerta a la retirada de contenidos de Internet sin las debidas garantías.

8. SENTENCIAS CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Además de las condenas mencionadas por delitos de expresión, y la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, en el último mes del año 2020 se conocieron dos preocupantes decisiones judiciales (cuyas sentencias aún no han sido publicadas).

El 15 de diciembre el Tribunal Constitucional fallaba que los llamamientos a “prenderle fuego a la puta bandera” en el transcurso de una protesta sindical no están amparados por el derecho fundamental a la libertad de expresión. El alto tribunal, dividido tras varios plenos debatiendo el asunto, rechazó así, por estrecho margen, el recurso interpuesto por un sindicalista gallego condenado por ultraje a los símbolos nacionales.

Esa misma semana este mismo Tribunal confirmó la condena a un hombre por un delito contra los sentimientos religiosos “al levantarse en un momento de la celebración de una misa, arrojar pasquines y gritar la proclama “aborto libre y gratuito” al tiempo que se exhibía en la zona del altar una pancarta en la que se leía el eslogan “fuera rosarios de nuestros ovarios””.

Por otro lado, también en 2020 fue motivo de alarma el procesamiento, por parte del juzgado de instrucción 50 de Madrid, contra un usuario de un foro de Internet por un posible delito de injurias graves por haber realizado comentarios supuestamente denigrantes sobre una promotora en un foro, según denunció la asociación de consumidores Facua.

9. TELEVISIONES: NO AVANZA LA REFORMA DE RTVE Y SE PRESENTA EL PROYECTO DE LEY AUDIOVISUAL

En el plano audiovisual, la principal novedad del año ha sido la presentación del Anteproyecto de Ley General de Comunicación Audiovisual, que viene a transponer, con retraso, la Directiva comunitaria de octubre de 2018 sobre esta materia.

Este proyecto normativo, que en diciembre concluía su fase de consulta, ha sido calificado de ‘ultraliberal’ y contrario a los principios de servicio público, por parte de expertos como el catedrático Enrique Bustamante.

En cuanto a RTVE, cuya presidencia continúa en situación de interinidad, su reforma continúa en el limbo.

En febrero, más de 50 organizaciones, entre ellas la FeSP y 200 profesionales, pedían al Parlamento que cumpla la ley y concluya la elección del Consejo de Administración y una nueva Presidencia de la Corporación.

10. LAS AMENAZAS ECONÓMICAS: CAÍDA DE INGRESOS Y DESPIDOS EN MEDIOS

Por último, una de las consecuencias graves de la pandemia para la libertad de información ha sido el impacto económico de la crisis en los medios.

En marzo, la PDLI pedía a Europa y al Gobierno ayudas a los medios por la emergencia del coronavirus, lográndose una de las medidas propuestas: la rebaja del IVA digital.

La emergencia del coronavirus provocó un descenso de la contratación publicitaria, según las asociaciones del sector: en el caso de la radio esta caída sería hasta de un 80%, según la Asociación Española de Radios Comerciales (AERC); en prensa el descenso rondaría el 50%, según la Asociación de Medios Informativos (AMI), y en televisión sería del 50%, según la Unión de Televisiones Comerciales (UTECA).

En cuanto a los puestos de trabajo, en 2020 se han producido despidos o expedientes de regulación de empleo en numerosos medios como Europa Press, El Periódico, Diario de Mallorca o El Mundo.

IMAGEN: César Strawberry, Antonia Ábalos y Dario Adanti en la sala Sagasta del Congreso de los Diputados, en la jornada sobre libertad de expresión organizada por la PDLI en febrero de 2020. Foto: Elvira Megías/PDLI (CC-BY)

[1] Firmaban el escrito: la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), la Asociación de Internautas (AI), la Asociación de Usuarios de Internet (AUI)FACUA-Consumidores en acciónGrupo 17 de marzo y Críptica. Además de juristas con una larga trayectoria en el ámbito de la privacidad y seguridad digitales, las redes de telecomunicaciones y su regulación legal, -como David BravoSergio CarrascoSamuel Parra o Carlos Sánchez Almeida– y el Derecho Constitucional, como los catedráticos Lorenzo Cotino (Universidad de Valencia) y Miguel Presno Linera (Universidad de Oviedo) y la investigadora Patricia García Majado (U. Oviedo).

[2] La Proposición de Ley O. para la reforma de la L.O. de Protección de la Seguridad Ciudadana sigue su tramitación en la Comisión de Interior, mientras que la Proposición de Ley O. para modificar el Código Penal  fue retirada por la Mesa el pasado mes de septiembre.

[4] Sentencia publicada en el BOE del 22 de diciembre: https://hj.tribunalconstitucional.es/docs/BOE/BOE-A-2020-16819.pdf

[5]Vídeo: así se está utilizando la ley de seguridad ciudadana para amordazar a periodistas” (17 de marzo de 2017); “Balance de la ‘Ley Mordaza’: la PDLI denuncia la censura camuflada de la Ley” (27 de mayo de 2017); “La PDLI celebra el anuncio de Pedro Sánchez de derogar parte de la ‘Ley Mordaza’, pero pide que no se limite a los artículos recurridos al Constitucional” (31 de mayo de 2018)

[6] Sorprendentemente Interior incluye en su ‘Anuario’ estos dos artículos (36.6 y 36.23) en el apartado ‘drogas’, pasando así desapercibidos por los medios que cubrieron la noticia.