La Comisión Europea acaba de publicar su primer informe sobre el Estado de Derecho en la UE. En él hace balance de la situación en los Estados Miembros en cuanto a lo que la Comisión considera los “cuatro pilares principales que más inciden en el Estado de Derecho: los sistemas judiciales nacionales, las normativas en materia de lucha contra la corrupción, el pluralismo y la libertad de los medios de comunicación, y otras cuestiones relacionadas con los controles y equilibrios esenciales para un sistema eficaz de gobernanza democrática”.

El informe también recoge “las novedades pertinentes derivadas de las medidas de emergencia adoptadas por los Estados miembros a causa de la crisis del coronavirus”.

Estado de la libertad de información en España

Sobre la situación en España, aunque reconoce que, como no podía ser de otro modo, la libertad de prensa está reconocida en la Constitución Española, el informe apunta carencias en cuanto a la transparencia en la propiedad de los medios, tipos penales desproporcionados (menciona expresamente el caso de las injurias a la Corona) y la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, conocida como ‘Ley Mordaza’.

La información disponible en el Registro Mercantil [sobre medios de comunicación] es la misma que la relativa a cualquier tipo de empresa española y resulta difícil de comprender para el público en general. Ha suscitado inquietud la nueva legislación de seguridad ciudadana, que según ciertas voces restringe la libertad de información y la libertad de expresión”, se dice en el informe.

Respecto al Código Penal se señala que “las injurias o calumnias graves a determinados miembros de la Familia Real en el ejercicio de sus funciones pueden castigarse con penas de prisión”. Aunque no se detallan otros tipos penales que igualmente suponen un límite desproporcionado a la libertad de información y de opinión, como la PDLI detallaba en un estudio presentado el pasado mes de febrero en el Congreso de los Diputados junto con organizaciones internacionales, sí se recoge que “las ONG han puesto en cuestión ciertos aspectos de la reforma del Código Penal de 2015”.

Además, se señalan las críticas a la “Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana debido a las restricciones a la libertad de información”.

En cuanto a la contratación de publicidad y comunicación institucional se constata que esta está regulada por la Ley 29/2005, de 29 de diciembre, de Publicidad y Comunicación Institucional, y por el Real Decreto 947/2006 y que “el Secretario de Estado de Comunicación verifica si los planes de medios se atienen a criterios objetivos en la distribución y el peso de los distintos medios de comunicación”, sin entrar a valorar, en este primer informe, que este sistema no asegura un reparto equitativo de los fondos públicos destinados a medios de comunicación, como la PDLI viene señalando, junto con editores y académicos.

Del mismo modo, respecto a los medios públicos, el informe tampoco se detiene a denunciar los límites que persisten para garantizar su autonomía respecto al poder político y su sostenibilidad; ni tampoco se señala la precaria situación de los medios comunitarios.

Sobre la protección de los ‘whistleblowers’, la Comisión observa que España, “pese a cierta regulación sectorial, carece de un marco adecuado de protección de los alertadores”. Más severa es la Comisión en el capítulo de Transparencia, denunciando que el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno “tiene dificultades en materia de recursos humanos y financieros”.

“Hace años que la PDLI viene denunciando las amenazas a la libertad de información en España. Es muy positivo que la Comisión recoja algunas de las más graves (como el Código Penal y la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana), que hemos llevado incluso ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU. El Gobierno y los Grupos Parlamentarios deben hacer ahora su trabajo y asegurarnos un marco legal que garantice la libertad de información y el pluralismo”, ha afirmado la presidenta de la PDLI, Virginia Pérez Alonso.

El papel de la PDLI

Para elaborar el Informe, la Comisión se ha basado en fuentes autorizadas y en la información recabada en las visitas a los Estados miembros. En el caso de España, la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) ha sido uno de los interlocutores convocados en calidad de organización experta en el ámbito la libertad de prensa y, como tal, aparece citada entre las fuentes del informe sobre nuestro país. Además, la Comisión utiliza sistemas de monitorización europeos que recogen las alertas de la PDLI sobre España, como el Media Freedom Rapid Response (MFRR) Report o el Media Pluralism Monitor.

Con el “Informe sobre el Estado de Derecho en la UE”, la Comisión pretende abrir un diálogo con el Parlamento Europeo y el Consejo sobre la base de sus conclusiones. Además, “la Comisión también invita a los Parlamentos y a las autoridades nacionales a debatir este informe, incluidos sus capítulos por país, y a prestarse apoyo recíproco como estímulo para proseguir las reformas y la aceptación de la solidaridad europea. También deberían participar las partes interesadas pertinentes a escala nacional y de la UE”.

Por ello, la PDLI prevé diferentes actos para ampliar el alcance de este informe e impulsar las reformas necesarias para que España corrija cuanto antes las deficiencias que subraya la Comisión.

Así, a lo largo del día de hoy, la PDLI se va a dirigir a los Grupos Parlamentarios y a los ministerios de Justicia e Interior instándolos a cambios legales en línea con las recomendaciones de la Comisión.

Más información

Informe anual de la PDLI sobre la libertad de expresión e información en España 2019

Documentos

Nota de prensa

Carta al ministro de Justicia