El Real Decreto Ley 14/2019, conocido como ‘Decretazo Digital’ por facultar al gobierno a intervenir Internet y el resto de comunicaciones sin control judicial, y que fue aprobado de forma exprés por el gobierno el pasado mes de noviembre y convalidado unas semanas después por la Diputación Permanente del Congreso con las Cortes disueltas, podría ser inconstitucional al estar vulnerando cinco artículos de nuestra Carta Magna.
Así lo consideran una amplia coalición de organizaciones representativas de la defensa de los derechos digitales, de internautas, consumidores y juristas expertos que han presentado hoy un escrito al Defensor del Pueblo pidiendo que interponga un recurso de inconstitucionalidad para que la norma sea declara nula.
La @PDLI_ y otras organizaciones y juristas hemos estado en el @DefensorPuebloE para pedirle que vaya al TC para parar el #DecretazoDigital que entendemos que incumple derechos fundamentales. Aquí te lo contamos https://t.co/NPD01mUZxZ
— Stéphane M. Grueso (@fanetin) January 15, 2020
Estas organizaciones y juristas han traslado al Defensor del Pueblo “la honda preocupación” que esta norma les ha generado, así como sus “serias dudas en cuanto su encaje en el ordenamiento constitucional vigente”. En concreto, entienden que este Real Decreto Ley 14/2019 podría estar vulnerando los artículos 18.3, 20.1, 20.2, 20.5 y 86.1 de la Constitución Española.
Entre los aspectos más preocupantes del Real Decreto Ley se encuentra la modificación de la Ley General de Telecomunicaciones permitiendo al gobierno acordar “la intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales que puedan afectar al orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional”.
Una facultad que podrá “afectar a cualquier infraestructura, recurso asociado o elemento o nivel de la red o del servicio que resulte necesario”.
Un artículo que califican de “confuso y ambiguo” al no precisar ni las acciones que podía llevar a cabo el Gobierno, ni el alcance de estas, ni tampoco en qué circunstancias concretas se aplicarían. Tampoco se contemplan garantías exigibles para una intervención de las comunicaciones, como es la autorización judicial previa.
Además, denuncian que no se dan las condiciones de extraordinaria y urgente necesidad -como requiere el artículo 86 de la Constitución- que justifiquen por parte del Gobierno disposiciones legislativas provisionales en forma de Decreto-ley. También critican que se regulan cuestiones que afectan gravemente a derechos fundamentales, como la libertad de información y expresión y el derecho de manifestación, entre otros.
Por todo ello, consideran necesario “que esta nueva legislación se someta al pormenorizado análisis del Tribunal Constitucional para que valore las profundas implicaciones que esta pieza legal consideramos que tiene”.
“Consideramos que la revisión por parte del Tribunal Constitucional resulta imprescindible para asegurar que el texto se adecua al ordenamiento constitucional y se aclaren sus límites, de modo que se asegure que nuestros derechos y libertades ciudadanas no se verán alteradas por obra de esta legislación de urgencia”, manifiestan.
Entre otras entidades, firman el escrito la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), la Asociación de Internautas (AI), la Asociación de Usuarios de Internet (AUI), FACUA-Consumidores en acción, Grupo 17 de marzo y Críptica. Además, se han sumado a esta iniciativa juristas con una larga trayectoria en el ámbito de la privacidad y seguridad digitales, las redes de telecomunicaciones y su regulación legal, -como David Bravo, Sergio Carrasco, Samuel Parra o Carlos Sánchez Almeida– y el Derecho Constitucional como los catedráticos Lorenzo Cotino (Universidad de Valencia) y Miguel Presno Linera (Universidad de Oviedo).
Decreto polémico
Las organizaciones y juristas promotoras de esta acción, destacan que “tan pronto como se hizo público el contenido de esta legislación de urgencia, con su publicación en el Boletín Oficial del Estado del 5 de noviembre de 2019, la polémica (política, social, mediática) ha sido constante, hasta el punto de llegar a conocerse por el sobrenombre de “Decretazo Digital” por su carácter arbitrario (por no haber pasado por los procedimientos ordinarios, que requieren debate y posibilitan enmiendas) e intrusivo (tanto por las capacidades para el control de la infraestructura tecnológica que se le asignan al Gobierno a través de la Administración General del Estado, como por las profundas implicaciones que este Real Decreto Ley tiene para los derechos fundamentales y las libertades públicas)”.
Además, recuerdan que la constitucionalidad del Real Decreto Ley, “a pesar de quedar finalmente convalidado por la Diputación Permanente del Congreso de los Diputados el 7 de noviembre de 2019, fue cuestionada varias veces a lo largo de dicha sesión, no solamente por parte de Grupos contrarios a su aprobación sino, lo que es todavía más reseñable, por parte de Grupos que finalmente votaron a favor o que se abstuvieron en las votaciones”.
Así, se menciona entre otros el caso del Grupo Parlamentario Popular, “representado por la diputada Vázquez Blanco, que se expresó de la siguiente manera antes de votar favorablemente: ‘Es verdad que podemos estar rayando la inconstitucionalidad en algún precepto (…). ¡Y que hoy yo y el Partido Popular tengamos que tragar con este Real Decreto, incluso con la posibilidad de que pueda ser recurrido por inconstitucional!’”.
Y concluyen: “la sensación de estar sobrepasando con esta legislación las barreras que marca la Constitución es compartida incluso por aquellos Grupos que no se opusieron en sede parlamentaria (en la fase de votaciones), un hecho que indudablemente ha de tenerse en cuenta en la revisión legal que se haga del Real Decreto Ley 14/2019, de 31 de octubre, y que recalca el dudoso carácter constitucional de la norma”.
Documento
Escrito Al Defensor Del Pueblo y Propuesta de Recurso de Inconstitucionalidad sobre el RDL 14/2019
Información relacionada
La PDLI promoverá la nulidad por el Constitucional del ‘Decretazo Digital’ – 27/11/2019