La Defensora del Pueblo ha resuelto“sugerir” (de acuerdo al carácter no vinculante de sus actuaciones) que se revoque la multa de 601 euros impuesta al periodista Axier López por una supuesta infracción del artículo 36.23 de la Ley de protección de la seguridad ciudadana al fotografiar una detención policial.

La Defensora ha comunicado esta decisión en la carta remitida a la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) como respuesta a la queja presentada  por esta organización ante las sanciones a periodistas en aplicación de la “Ley Mordaza”.

No se hace ningún juicio de proporcionalidad, ni se motiva la constitucionalidad de la sanción impuesta

En su escrito, la Defensora del Pueblo señala que el carácter constitucional de los derechos fundamentales impide actuaciones de los poderes públicos “que supongan un sacrificio innecesario o desproporcionado o tengan un efecto disuasorio o desalentador”.

Por este motivo, la Defensora recuerda que los límites al ejercicio de derechos fundamentales, como es la libertad de información, “deben ser establecidos, interpretados y aplicados de forma restrictiva y no deben ser más intensos de lo necesario para preservar otros bienes o derechos constitucionalmente protegidos”. Es decir, deben responder al “principio de proporcionalidad” y mostrar “una motivación suficiente”.

Sin embargo, según la Defensora del Pueblo, en la resolución sancionadora dictada por la Delegación del Gobierno en el País Vasco contra Axier López “no se hace ningún juicio de proporcionalidad, ni se motiva la constitucionalidad de la sanción impuesta, ni siguiera se considera que pueda existir una limitación o afectación de un derecho fundamental”. Por lo que resuelve que debería revocarse.

La aplicación del régimen sancionador de la Ley de seguridad ciudadana, no puede prescindir de la circunstancia de que los ciudadanos a los que se imputa la infracción estén ejerciendo un derecho fundamental

“La aplicación del régimen sancionador de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, no puede prescindir de la circunstancia de que los ciudadanos a los que se imputa la infracción estén ejerciendo un derecho fundamental”, subraya en su respuesta a la PDLI la Defensora, haciendo referencia a la “reiterada jurisprudencia del Tribunal Constitucional que establece que los límites de los derechos fundamentales han de ser interpretados con carácter restrictivo, siendo exigible una rigurosa ponderación de cualquier norma o decisión que coarte su ejercicio (STC 159/1986)”.

En cuanto a los otros dos periodistas objeto de la queja de la PDLI, la Defensora del Pueblo informa, por un lado, que la Delegación del Gobierno en Castilla León ha anulado la sanción impuesta al reportero gráfico del Diario de Burgos Miguel Ángel Valdivieso “al considerar que el periodista denunciado se encontraba ejerciendo su derecho de libertad de prensa e información”.

El fotógrafo había sido multado por supuesta “resistencia a la autoridad” al negarse a borrar las imágenes de un accidente laboral en el que resultó muerto un trabajador de 24 años.

Respecto al expediente sancionador contra la periodista de Catalunya Ràdio, Mercè Alcocer,  multada con 600 euros por “desobediencia a unos agentes de la autoridad” cuando cubría el caso Pujol ante la Audiencia Nacional, este aún sigue abierto.

Moción sobre la derogación de la “Ley Mordaza”

Por otro lado, el Pleno del Congreso debate esta tarde una moción sobre la derogación de la Ley de seguridad ciudadana presentada por el Grupo Socialista. La iniciativa no tendrá mayor consecuencia que fijar la posición del Congreso.

La PDLI considera esta moción como un gesto hacia la galería, puesto que en nada afecta a la continuidad de la vigencia de la Ley Mordaza: Mientras no haya un texto articulado de derogación, es decir, una proposición de ley, por parte de los grupos del Congreso, las “Leyes Mordaza” seguirán aplicándose con las consecuencias para los derechos fundamentales que venimos denunciando.

Documento

Carta de la Defensora del Pueblo

Más información:

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