La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) considera de una enorme gravedad la sentencia del Tribunal Constitucional conocida hoy que declara que utilizar nombres propios como criterio de búsqueda y localización de noticias en una hemeroteca digital puede vulnerar el ‘derecho al olvido’.

Con esta sentencia, información veraz y relevante, por tanto, amparada el derecho fundamental a la información, y que hasta ahora venía prevalenciendo sobre el derecho individual al honor en el caso de personajes de interés público, puede quedar inaccesible al poderse eliminar de buscadores integrados en hemerotecas.

Para el director legal de la PDLI, Carlos Sánchez Almeida, “la sentencia del Tribunal Constitucional abre un filón de negocio para eliminar de las hemerotecas los nombres de criminales tras cumplir la pena de casos que en su día fueron noticia. Una limitación muy peligrosa para la libertad de información”.

Y añade: “Cualquier limitación a la libertad de información debe estar tasada en nuestras leyes: no se puede dejar algo tan importante como la privacidad telemática al arbitrio jurisprudencial”.

Además, considera que “estando pendiente la aprobación de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos, es peligrosísimo que el Tribunal Constitucional se erija en legislador en materia de derecho al olvido”.

Petición a Grupos Parlamentarios

Precisamente, la PDLI se va a dirigir a los Grupos Parlamentarios para que la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos, ahora en tramitación parlamentaria en fase de enmiendas, excluya del derecho al olvido, de manera expresa, a las hemerotecas digitales de los medios.

Desarrollando así, en este aspecto, el artículo 17 del Reglamento Europeo de Protección de datos que establece que el derecho al olvido no será de aplicación “cuando el tratamiento sea necesario para ejercer el derecho a la libertad de expresión e información”.

Reputaciones a medida

El abogado especializado en derecho de las tecnologías califica la sentencia de ‘cacicada’ y advierte que permitirá crear reputaciones a medida convirtiendo el derecho al olvido “en un privilegio de clase alta”. “El derecho al olvido solo está sirviendo para estimular el próspero negocio del blanqueo de historiales delictivos”, resume Sánchez Almeida.

La PDLI considera inaudita esta sentencia por parte del Tribunal que debe velar por los derechos constitucionales y espera que la situación se rectifique en instancias internacional.

La presidenta de la PDLI, Virginia Pérez Alonso considera esta decisión “gravísima”.

Por su parte, el jurista de la PDLI experto en derecho internacional, Joan Barata, ha trasladado el caso al relator de Naciones Unidas sobre libertad de expresión David Kaye.

 

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