La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) considera muy grave que la Comisión de Cultura del Congreso haya aprobado hoy, por unanimidad, la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual en la que se recogen medidas como el cierre de webs sin necesidad de autorización judicial.
Además de prescindir del juez, la censura prescinde de prestadores de servicios de publicidad, pago y hosting. Pueden ser sancionados si no colaboran, pero los dejan al margen del procedimiento, totalmente indefensos. #StopCensuraCopyright pic.twitter.com/ZOB6mjikwx
— Almeida (@bufetalmeida) 27 de noviembre de 2018
El texto, que pasará ahora al Senado, incluye la modificación pactada por PP, PSOE y Ciudadanos, en el artículo 195 de la norma, que establece que “la ejecución de la medida de colaboración dirigida al prestador de servicios, con independencia de cuál sea su naturaleza, no requerirá la autorización judicial prevista en el artículo 122 bis de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa”.
El pasado 25 de septiembre esta Plataforma instaba a los tres grupos impulsores de la enmienda a retirarla por entender que se trataba de “un despropósito jurídico que se puedan retirar contenidos de Internet sin que un juez evalúe si afecta o no a la libertad de expresión”.
Lo grave es que “es la Comisión tanto la que decide si se ha dado la infracción como si se ha reiterado o reanudado”, aclaraba entonces el abogado David Bravo, miembro de la PDLI. Además, hay circunstancias particulares en las que un juez puede no llegar a intervenir en absoluto en ningún caso, por ejemplo, si se ha producido originalmente una retirada voluntaria de contenidos.
Finalmente, con este cambio aprobado hoy, se obliga, en la práctica, al titular de una web a una supervisión general de contenidos contraria a las directivas europeas actualmente vigentes.
El director legal de la PDLI, Carlos Sánchez Almeida, entiende que se trata de una reforma contraria a lo establecido en el artículo
El director legal de la PDLI, Carlos Sánchez Almeida, entiende que se trata de una reforma contraria a lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución que exige orden judicial para el secuestro de publicaciones:
Bueno, desde la defensa siempre le vemos el lado bueno: nos abren la vía al Tribunal Constitucional, por vulneración del art. 20.5 CE, que puede plantear cualquier juez. El Gobierno podrá cerrar webs piratas sin autorización del juez. https://t.co/aSgxCTD3DH #StopCensuraCopyright
— Almeida (@bufetalmeida) 27 de noviembre de 2018