Artículo 20 de la Constitución española

1. Se reconocen y protegen los derechos:

a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. c) A la libertad de cátedra. d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

Como presidenta de la PDLI, no puedo más que defender el derecho a la informaciónen su acepción más amplia, y esa incluye, por encima de cualquier otra consideración, el derecho de la ciudadanía a recibir una información veraz, tal y como estipula el artículo 20 de nuestra Constitución.

Desde esta perspectiva (y sin entrar por tanto a valorar otras consideraciones que escapan a las competencias de esta Plataforma), la PDLI considera que la web MadridVO, puesta en marcha esta semana por el Ayuntamiento de Madrid, es una herramienta en pro de la transparencia y que facilita un mayor acceso a la información por parte de la ciudadanía, en una coyuntura histórica en la que los medios de comunicación y los periodistas ya no son los únicos emisores de información, y en la que una ciudadanía madura y demócrata adquiere una relevancia muy singular en el proceso comunicativo y en el control de los poderes públicos. Serán por tanto los madrileños quienes deberán evaluar la conveniencia o no de un site municipal de estas características y así hacérselo saber a los responsables del consistorio.

En un momento como el actual, de máxima apertura informativa a través de multitud de canales, el hecho de que dicha web recoja informaciones publicadas en diversos medios de comunicación para a continuación mostrar la versión del Ayuntamiento cuando este considere que dichas informaciones son incompletas o incorrectas, no puede ser considerado en ningún caso, a juicio de la PDLI, como censura ni como un intento de coartar a medios y periodistas en su ejercicio de libertad informativa

Como cualquier institución al servicio de la ciudadanía, la función del Ayuntamiento de Madrid debería ser la de rendición de cuentas permanente y cristalina a quienes les han votado y a quienes no lo han hecho. Pero este no suele ser un camino muy transitado por los políticos españoles ni por las instituciones públicas, que tienen tendencia a convertirse más en órganos de propaganda política que en espacios de transparencia.

Por eso no es la información que facilite el Ayuntamiento en esta web la que vaya a garantizar la veracidad de los contenidos que finalmente reciban los ciudadanos, como tampoco es siempre garantía de esa veracidad lo que publican o emiten los medios de comunicación. Pero a mayor abundancia de oferta informativa, mayor posibilidad de contraste, y por tanto, mayor garantía de pluralidad informativa y de calidad democrática.

Virginia Pérez Alonso
Presidenta de la PDLI