La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) ha alertado de que la Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón, publicada en el BOE el pasado día 31 de mayo y en vigor desde el pasado día 1, contiene sanciones que para esta Plataforma son inconstitucionales y escapan a las competencias de un gobierno regional.
En concreto, tres serían los motivos por los que esta norma no es conforme con la Constitución: afecta a derechos fundamentales, lo que está fuera del ámbito regulador de una Comunidad Autónoma; en segundo lugar, deja en manos de un órgano administrativo la ponderación del posible conflicto entre la libertad de expresión y otros derechos, lo que corresponde a un juez; y, finalmente, habilita a dicho órgano a ordenar la retirada de contenidos de Internet.
El director legal de la PDLI, Carlos Sánchez Almeida, explica que la ley incluye, en su artículo 50, sanciones administrativas por expresiones vejatorias en redes sociales y que “obliga a empresas de Internet a colaborar con la censura”.
“Todo ello sin que una Comunidad Autónoma tenga competencias en la regulación de Derechos Fundamentales”, recuerda Sánchez Almeida.
Además, añade otro aspecto problemático: el hecho de que se invierta la carga de la prueba y se haga, además, en vía administrativa, según establece el artículo 47 de esta ley autonómica. Aunque la norma añade que no será de aplicación a procedimientos sancionadores.
“No nos cansaremos de decirlo: solo los jueces pueden secuestrar publicaciones y castigar delitos de odio. La Administración no debe censurar”, ha remachado el director legal de la PDLI, Carlos Sánchez Almeida.
La PDLI ya criticó leyes similares por idénticos motivos, como distintos proyectos impulsados por la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Barcelona y el Grupo Parlamentario Unidos Podemos.