Ante los hechos recientes sucedidos en Cataluña, concretamente las decisiones judiciales acordando la prisión condicional sin fianza de los máximos dirigentes de la ANC y Omnium, la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) insiste en la necesidad de que en cualquier circunstancia corresponde a los poderes públicos en toda sociedad democrática proteger y fomentar el intercambio plural de ideas, especialmente en el ámbito del debate político. Ello también resulta aplicable a propuestas políticas que aboguen por transformaciones y cambios radicales del statu quo o pongan en cuestión el sistema establecido.

La aplicación de normas penales que establecen delitos como los de sedición o rebelión (con penas de prisión especialmente elevadas) debe reservarse para supuestos de revueltas o alzamientos, violentos o armados, con la finalidad y la capacidad de alterar de forma grave la convivencia y el orden establecido. La existencia de tales normas es seguramente necesaria en cualquier sistema jurídico, pero los organismos internacionales en materia de derechos humanos (y especialmente en el ámbito de la libertad de expresión) vienen advirtiendo de la necesidad de utilizarlas con extrema cautela dado el importante impacto que dichos instrumentos de sanción penal pueden tener, precisamente, en el ejercicio de derechos como la libertad de expresión o de reunión.

Efecto disuasorio

En los recientes acontecimientos en Cataluña, acusaciones de sedición como las que han tenido lugar pueden tener un efecto claramente negativo en un debate de ideas y posiciones políticas más necesario que nunca, el cual debe abarcar e implicar a todos los sectores de la sociedad.

Sin perjuicio de la plena legitimidad de la adopción, por parte de los poderes públicos y especialmente el poder judicial, de las medidas y sanciones necesarias y proporcionales para atajar casos concretos de desórdenes públicos y exigir responsabilidades a los responsables directos de los mismos, la PDLI recuerda también la necesidad de que tanto en la calificación de las conductas como en la adopción de las correspondientes medidas provisionales se tenga especialmente en cuenta el impacto que dichas decisiones pueden tener no sólo en el ejercicio de las libertades, particularmente la libertad de expresión, de sus destinatarios directos sino también de las personas o colectivos que puedan compartir esas ideas.

La PDLI recuerda que el derecho penal debe ser siempre un mecanismo de intervención última, y que en el marco del mismo deben utilizarse aquellos mecanismos que sean más ajustados y proporcionados a las conductas que se quiere sancionar, evitando pues que el uso de la maquinaria penal sancionadora del Estado acabe teniendo un efecto disuasorio o limitador de la libre y pacífica expresión de ideas.

Reforma del Código Penal

Por otro lado, la PDLI denuncia que de nuevo se ha vuelto a poner de manifiesto la inseguridad jurídica que el actual marco legal representa para el ejercicio de derechos fundamentales. Así, la atribución de la autoría de los supuestos desórdenes públicos que se produzcan en una protesta o manifestación a los convocantes de la misma es una de las grandes trampas, a juicio de esta Plataforma, del vigente Código Penal por lo que insta a los grupos parlamentarios, una vez más, a iniciar cuando antes su reforma en línea con las recomendaciones de los relatores de Naciones Unidas que han criticado la generalidad y ambigüedad de esta norma.

Observatorio y ‘Manifiesto’

Finalmente, la PDLI recuerda que tiene en marcha un ‘Observatorio’ para registrar las posibles vulneraciones a los derechos de libertad de información, expresión y reunión que puedan producirse en relación con el conflicto de Cataluña.

Además, ha promovido un ‘Manifiesto’ que ya suscriben más de 200 colectivos, medios y profesionales para reclamar un periodismo responsable y que contribuya al entendimiento en las informaciones sobre Cataluña.