[ACTUALIZACIÓN: Escrito presentado en el Registro del Congreso]

Tras las informaciones que se están difundiendo sobre lo avanzado que podría estar la supuesta derogación parcial de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, conocida como ‘Ley Mordaza’, la Plataforma por la Libertad de Información (PLI) advierte que el alcance de esta reforma, según lo que ha trascendido, es muy limitado y no resuelve la amenaza que esta norma representa para la libertad de expresión y de información.

Desde la Plataforma por la Libertad de Información (PDLI), organización que ha venido denunciando las sanciones contra periodistas, activistas y artistas en aplicación de esta ley, se lamenta que los artículos más lesivos de esta norma se vayan a mantener permitiendo que se sigan recortando derechos fundamentales en vía administrativa en base a conceptos difusos, sin las suficientes garantías y sin la exigible intervención judicial.

Así, la PLI destaca que las multas contra periodistas, manifestantes o artistas han sido principalmente por “desobediencia a la autoridad” (art. 36.6) o “faltas de respeto” (art. 37.4), dos artículos que podrían mantenerse y que no se encuentran entre los que han sido revisados por el Tribunal Constitucional que ya declaró inconstitucional el artículo 36.23  sobre la autorización para captar imágenes a la Policía. Es decir, si la derogación se limita a este artículo, ya inaplicable, el avance será nulo.

La PLI denuncia que conceptos genéricos como “desobediencia a la autoridad” o “faltas de respeto” son inaceptables para recortar derechos fundamentales, según los estándares internacionales. La interpretación libre que permiten explica que sean los más aplicados.

Según viene documentando la PLI y se recoge en su última memoria anual, el artículo 37.4 sobre faltas de respeto a la Policía fue el tercer motivo de sanción (solo tras consumo/tenencia de drogas en vía pública -36.16- y tenencia de armas -36.10-), con un total de 18.687 multas con una cuantía total de 2.813.790 euros. Le sigue el artículo 36.6, sobre desobediencia o resistencia o negativa a identificarse, que representó en 2019 12.645 sanciones con una cuantía de 7.787.554 euros (615 euros multa media), mientras que el artículo 36.23, que fue declarado nulo, provocó ‘solo’ 38 sanciones por 25.036 euros (660 euros es la cuantía de la multa media).

Junto con las sanciones, la PLI también señala a otro problema grave de la Ley como es el principio de veracidad de los agentes y que ha tenido consecuencias muy graves, como el caso del reciente juicio contra el fotógrafo de El País, Albert García, cuya detención y posterior acusación fueron denunciadas por la PLI y otras organizaciones de periodistas.

La ‘Ley Mordaza’ española en la ONU

La PLI, cuyas quejas por las sanciones en aplicación de esta Ley han sido recogidas en los informes anuales del Defensor del Pueblo y que además ha logrado que algunas de estas multas a periodistas sean revocadas o suspendidas, recuerda a los Grupos Parlamentarios que los límites al ejercicio de derechos fundamentales, como es la libertad de información, deben de ser establecidos, interpretados y aplicados de forma restrictiva.

Estas carencias también las elevó la PLI ante Naciones Unidas en un informe impulsado por la Plataforma y presentado ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU en el marco del tercer Examen Periódico Universal (EPU) de la ONU a España. Las conclusiones de este examen sobre la situación en nuestro país  incluían una veintena de advertencias sobre libertad de expresión.

También la Comisión Europea en sus dos informes sobre ‘El Estado de Derecho en la UE’ ha recogido las quejas de la PLI por el impacto de esta norma.

 

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