La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) hará llegar hoy a los Grupos Parlamentarios su rechazo al proyecto de reforma del Código Penal y, en particular, a las últimas modificaciones introducidas que, a juicio de la Plataforma, suponen una restricción inaceptable de los derechos de libertad de expresión e información, como las que afectarán a asuntos como la intrusión en redes y sistemas informáticos o la simple consulta de sitios web sospechosos de apoyar terrorismo, penados con hasta ocho años de cárcel.

La difusión y consulta de información en la Red puede ser delito

La PDLI considera que el texto va mucho más allá de la regulación de asuntos relacionados con la ‘ciberpiratería’ o la ‘ciberpederastia’, al afectar a la consulta, difusión e incluso viralización de información, lo que supone, de hecho, una “criminalización global de Internet”.

La PDLI concreta su rechazo en enmiendas como la 877, que propone penas de hasta 8 años para quien “consulte habitualmente uno o varios servicios de comunicación accesibles al público en línea o adquiera o tenga en su poder documentos que estén dirigidos o, por su contenido, resulten idóneos para incitar a otros o reforzar la decisión adoptada de incorporarse a una organización o grupo terrorista”.

O la enmienda 881 que plantea condenas de hasta tres años para delitos de “enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos”, si están relacionados con el “descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares”.

Además, las penas para este delito serían superiores “si los hechos se hubieran llevado a cabo a través de un medio de comunicación social, por medio de Internet, o mediante el uso de tecnologías de la información”.

“Toda una declaración de guerra contra el ciberactivismo en redes sociales”

Por su impacto en la libertad de expresión, la PDLI apunta especialmente al artículo que establece que: “La distribución o difusión pública, a través de cualquier medio, de mensajes o consignas que inciten a la comisión de alguno de los delitos de alteración del orden público del artículo 557 bis CP, o que sirvan para reforzar la decisión de llevarlos a cabo, será castigada con una pena de multa de tres a doce meses o prisión de tres meses a un año”.

Una medida que viene a sumarse a otras propuestas que afectan a la dinámica de difusión habitual de las nuevas protestas: así, el artículo 30.3 del proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana considera como organizador o promotor a todo aquel que “aún no habiendo suscrito o presentado la comunicación (…) por publicaciones o declaraciones de convocatoria de las mismas, por las manifestaciones orales o escritas que en ellas se difundan (…) pueda determinarse razonablemente que son directores de aquéllas”.

El nuevo Código Penal, según Carlos Sánchez Almeida, director jurídico de la PDLI,  incluye “toda una declaración de guerra contra el ciberactivismo en redes sociales”: “Si hay un hilo conductor común entre la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, Código Penal y Ley de Propiedad Intelectual, es precisamente limitar la libre expresión de los ciudadanos, con independencia del medio donde ésta se verifique”.

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