La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) considera que la imputación del director y el editor de ‘El Mundo’ y de tres periodistas, por publicar datos veraces y de interés público, es “una barbaridad” que vulnera el derecho fundamental a la información.

El titular del juzgado número 2 de Madrid, Arturo Zamarriego, estima que los investigados podrían haber cometido un delito de revelación de secretos al difundir las filtraciones de ‘Football Leaks’.

La PDLI ha manifestado su apoyo a ‘El Mundo’ y a los periodistas autores de esta información.

Según explicaban los propios informadores a través de Twitter, la única razón de esta imputación es la publicación de esta investigación (un trabajo internacional de doce medios que revela operaciones fiscales dudosas de conocidas estrellas del fútbol, entre ellas Cristiano Ronaldo) a pesar del auto dictado el pasado diciembre prohibiéndolo.

Ya entonces la PDLI advirtió que tal prohibición era gravísima al atentar contra un derecho fundamental consagrado en el artículo 20 de nuestra Constitución.

Imputación sin base legal

“Si la información es veraz o se han realizado todos los esfuerzos para contrastar la noticia, en un principio no hay límites a la información. Cuando la información versa sobre un personaje público, el derecho a la intimidad cede ante el interés informativo”, recordaba entonces la abogada Isabel Elbal.

En cuanto al posible delito de revelación de secretos, el director legal de la PDLI, Carlos Sánchez Almeida, explicaba que la clave se encuentra en lo que establece el artículo 197.3 del Código Penal, que contempla penas de uno a tres años a quien “con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento” difunda o revele “datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado”.

Sin embargo, a juicio de Sánchez Almeida, en este caso tal delito no sería de aplicación puesto que “el medio de comunicación no tiene por qué haber conocido el origen ilícito de la información. En ese caso, al tratarse de hechos veraces y relevantes, está facultado a publicarlos sin revelar sus fuentes”.

Por tanto, “si no hay pruebas fehacientes de que el periódico conoce la procedencia irregular de los documentos, la criminalización del medio y la prohibición de publicar es directamente censura”, apuntaba Sánchez Almeida.

Además, recordaba que “en este tipo de delitos no existe el secreto profesional entre abogados o notarios y sus clientes, y cualquiera de ellos podría ser el origen de la filtración, por lo que es muy difícil acreditar lo que exige el artículo 197.3”.

Por su parte, el jurista Joan Barata, experto internacional en libertad de información, concluía:

“Es importante recordar que en nuestro sistema jurídico la libre difusión de información y el acceso a la misma por parte de los ciudadanos tiene que ser la regla, y las restricciones, la excepción, en casos estrictamente tasados. En una democracia el acceso a informaciones de interés público tiene un valor prioritario frente a cualquier otra consideración. Es evidente que las informaciones del llamado caso FootballLeaks entran dentro de este supuesto, más si tenemos en cuenta que medios nacionales y extranjeros se han hecho eco ya de las mismas y existe un debate social sobre los hechos desvelados”.

Es decir, a juicio de la PDLI se trata de una imputación sin base legal y que, por tanto, resulta alarmante al atentar contra un pilar de cualquier estado democrático, como es la libertad de información.

Necesidad de proteger las filtraciones

Esta imputación vuelve a poner de manifiesto un asunto sobre el que la PDLI viene insistiendo: la necesidad de proteger a las filtraciones, tanto a los informantes como a los medios que las difundan, como una parte inseparable del derecho a la información, igual que ya ocurre en otros países.

Ahora, tanto los whistleblowers que revelen información relevante mediante la filtración de documentos, como, en algunos casos, los periodistas y medios que trabajen con este material, se enfrentan a serias amenazas legales, tal como en este caso ha vuelto a demostrarse

Ahora se tramita en el Congreso una proposición de ley impulsada por Ciudadanos que  contempla una visión muy estrecha de lo que se considera denunciante, restringiendo la protección a casos muy limitados.

Entre otros cambios necesarios en esta proposición de ley, la PDLI reclama: que se garantice el anonimato del informante, que pueda tener estatus de denunciante cualquier persona y no sólo aquellas vinculadas a la Administración Pública, que las irregularidades de las que se alerten puedan ser también del ámbito privado (empresas), y que la obtención de la información protegida incluya, con las cautelas necesarias, el acceso a sistemas o dispositivos.

Esto supone, entre otras reformas, que se modifique la ley para que la Fiscalía pueda dejar de acusar por el delito de revelación de secretos cuando la información obtenida pueda fundamentar la persecución de graves delitos de corrupción y sea de prevalente interés público para la ciudadanía, o la modificación del Código Penal en lo relativo a delitos informáticos.

Imagen: Redacción de ‘El Mundo’ (Fotografía: ‘El Mundo’)