La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) considera un avance que el Congreso haya iniciado el camino para reformar la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana al haber admitido a trámite dos proposiciones de ley del PSOE y del PNV para modificar la norma del PP aprobada hace ahora justo dos años.

A juicio de PDLI “se trata de una buena noticia para quienes defendemos la libertad de información y venimos luchando en contra de esta ley desde que era un mero anteproyecto”.

La PDLI recuerda “que el balance de estos dos años de vigencia de la norma no puede ser más demoledor y vergonzoso para un país democrático. Por tanto, que comience a rectificarse esta “ley ominosa”, como la calificó The New York Times, es un paso importante del que sentirnos satisfechos los que, desde un lado u otro, hemos empujado para que esto suceda”.

Sin embargo, la PDLI advierte que se trata solo de eso, de un primer paso.

Las claves de la reforma

A juicio de esta Plataforma, estas serían las claves principales de lo aprobado ayer por el Congreso:

1. Se va a modificar solo una de las normas conocidas como ‘Leyes Mordaza’

Además de las multas a periodistas o activistas por la Ley de Seguridad Ciudadana, en el último año se han sucedido casos que han creado una gran alarma social por la vulneración del derecho a la libertad de expresión que han supuesto: el encarcelamiento y juicio de los titiriteros de Madrid, la sentencia contra César Strawberry y otros artistas, o el juicio, que hoy se celebra, contra una tuitera por sus chistes sobre Carrero Blanco.

Pues bien, la norma detrás de todas estas barbaridades no es la que ahora va a reformarse, sino el Código Penal. Es decir, con ‘Ley Mordaza’ o sin ella, estas situaciones seguirán ocurriendo si no se derogan también los artículos más represivos de aquel.

Conscientes de este riesgo de simplificación, desde el primer momento en la PDLI nos hemos referido a estas normas en plural, ‘Leyes Mordaza’, porque entendemos que son un paquete legislativo en el que se complementan unas a otras: serían, por un lado, la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana que ahora va a modificarse, pero, también, la doble reforma del Código Penal (incluyendo el llamado ‘pacto antiterrorista’ de PP y PSOE) y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Mientras estas normas siguen vigentes, e incluso también sus precedentes, como la llamada ‘Ley Sinde’, nuestra libertad de expresión -en los medios, en Internet y en la calle- seguirá amenazada.

2. Se trata de una reforma, no de una derogación

La ‘Ley Mordaza’ no va a derogarse, sino a modificarse. La consecuencia práctica de su derogación hubiese sido volver a la ley previa, la conocida como ‘Ley Corcuera’, una norma no famosa precisamente por su respeto a derechos fundamentales.

También conviene estar prevenido frente a los comunicados triunfalistas de los partidos que apoyan las reformas:  el hecho de que las iniciativas de reforma provengan de grupos parlamentarios distintos al que gobierna no anuncia necesariamente una cesión completa. De hecho, antes de este momento parlamentario, el ministro del Interior ha venido anticipando su predisposición a aceptar las modificaciones propuestas por PSOE y PNV.

3. Las “trampas” de las proposiciones de PSOE y PNV para modificar la ley 

El proceso de reforma que ahora comienza en el Congreso tendrá como base las proposiciones de ley presentadas por el PSOE y el PNV.

Se trata de unos textos muy insuficientes para responder a las necesidades planteadas por colectivos de defensa de derechos civiles, entre ellos la PDLI.

Desde el grupo de análisis legal de la plataforma “No Somos Delito”, en la que participamos, se ha realizado un exhaustivo estudio de dichas proposiciones, detectándose al menos diez “trampas” graves tanto en su articulado como en la exposición de motivos.

Entre otras, que se mantienen o incrementan los supuestos de infracciones, que se continúa limitando el derecho a la protesta y el ejercicio del derecho de reunión o que se rescatan de la Ley Corcuera las sanciones por la provocación de reacciones en el público que alteren la seguridad ciudadana.

4. Qué cambia y qué no con estas proposiciones

Si las enmiendas del PP no lo alteran (y esto es un detalle que no conviene perder de vista), hay algunos cambios positivos en la reforma que ahora empieza a tramitarse.

Uno de los aspectos más problemáticos de la norma (tanto por la inconstitucionalidad de su aplicación, como porque entraba en colisión con otras leyes orgánicas), las sanciones por el uso no autorizado de imágenes de Cuerpos y Fuerzas de seguridad del Estado, quedaría derogado.

También las perturbaciones graves de la seguridad ciudadana en manifestaciones ante Congreso y Senado y los desórdenes y obstaculización en la vía pública. 

No obstante, las proposiciones no incluyen la reforma del artículo 30.3 de la ley que considera organizador de una manifestación “a quienes por publicaciones o declaraciones de convocatoria de las mismas, por las manifestaciones orales o escritas que en ellas se difundan, por los lemas, banderas u otros signos que ostenten o por cualesquiera otros hechos pueda determinarse razonablemente que son directores de aquellas”.

Esto supone, en la práctica, que te puedan multar por cualquiera de las infracciones que se siguen contemplando para el ejercicio del derecho a la protesta, y que pueden llegar a los 600.000 euros, por un simple tuit o retuit.

Además, se consolida uno de los aspectos más criticados de la ley, el de su generalidad, al mantenerse una presunción tan genérica como “pueda determinarse razonablemente que son directores”.

5. Qué pasos se van a dar ahora

La votación de ayer en el Pleno aprobó la toma en consideración de las dos Proposiciones de Ley de reforma. Es decir, se abre ahora un largo proceso hasta que estos cambios lleguen al BOE y, por tanto, a la realidad legal de los ciudadanos.

Ahora, según recuerda el Congreso, se abre el plazo para presentar enmiendas al articulado, que serán debatidas en ponencia y, posteriormente, votadas en Comisión. Una vez que la Comisión elabore el dictamen, éste tendrá que ser elevado a Pleno, donde es necesario el respaldo de la mayoría absoluta de la Cámara, al menos 176 votos, para ser remitida al Senado, ya que se trata de una reforma de ley orgánica.

Conviene no perder de vista que, en todo este tiempo, la ‘Ley Mordaza’ seguirá vigente y deberemos seguir alerta sobre cómo se aplica.

En este punto, es oportuno recordar que la actividad de los Grupos Parlamentarios no se reduce al ámbito legislativo y, en lo que respecta a su deber de control, deberían extremar la vigilancia y el celo para estrechar el margen de actuación del gobierno en este terreno.

Debate sobre qué es “seguridad ciudadana”

Desde el punto de vista de la defensa de los derechos y libertades, otro temor de la PDLI es que se acepte sin discusión la denominación de esta ley y, al mismo tiempo, su propia necesidad. Es decir, que aceptemos que la seguridad que la sociedad necesita se reduce a una norma de orden público como es esta y que nuestra crítica se limite a cambiar unos artículos por otros.

¿Hemos pensado quién gana en seguridad cuando un reportero gráfico es multado por fotografiar el escenario de un accidente laboral, como en el caso del Diario de Burgos? ¿O cuando a una reportera se le sanciona por intentar acceder a una fuente, como ocurrió con la informadora de Cataluña Radio cuando cubría la declaración de Pujol en la Audiencia Nacional? ¿O cuando a un periodista se le multa por captar la imagen de la detención de unos activistas?, son preguntas que desde la PDLI instamos a todos a plantearse, porque sus respuestas delimitan lo peligroso de este tipo de articulados.

 Más información:

Las claves de la reforma de la ‘Ley Mordaza’ aprobada por el Congreso | eldiario.es (21/03/2017)

La oposición fuerza al PP a reformar la ‘ley mordaza’ | eldiario.es (21/03/2017)

El Congreso empieza la demolición de la ‘ley mordaza’ del PP | Público (21/03/2017)