El juzgado de lo contencioso-administrativo n.º 1 de Vitoria ha decidido estimar el recurso contencioso-administrativo presentado por  el medio vasco ‘Hala Bedi’  contra la resolución de 21 de noviembre de 2017 del director de la Ertzaintza, por la que sancionaba a uno de sus periodistas, Mikel Sáenz de Buruaga González, con la multa de 602 euros, como autor de una supuesta falta grave de desobediencia prevista en el art. 36.6 de la Ley de Protección de Seguridad Ciudadana, conocida como ‘Ley Mordaza’. En  consecuencia, la magistrada declara “que la actuación administrativa no es ajustada a Derecho” y la anula y deja sin efecto.

La sentencia, además, condena a la administración a pagar todos los costes del proceso. El fallo es firme y no admite recursos ordinarios.

Sáenz de Buruaga fue multado con 602 euros por “desobediencia o la resistencia a la autoridad” por grabar una carga policial en el barrio de Errekaleor (Vitoria) a pesar de mostrar su acreditación de prensa.

La PDLI presentó el 28 de julio del año pasado una queja ante el Defensor del Pueblo por dicha sanción al entender que vulneraba el derecho a la libertad de información.

La PDLI ha venido denunciando que la sanción contra Hala Bedi ponía en evidencia “que las multas contra la libertad de información responden a un mismo patrón:  el de su camuflaje bajo infracciones genéricas como “desobediencia o la resistencia a la autoridad” (art. 36.6) o “faltas de respeto y consideración” a miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (art.37.4), tal como demuestra su  incremento desproporcionado, según la última memoria del Ministerio del Interior”.

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