La Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI) ha manifestado su rechazo por la condena del Tribunal Supremo a un año de cárcel a César Strawberry, al considerar la Sentencia contraria a un Derecho Fundamental como es la libertad de expresión.

La PDLI también ha manifestado su solidaridad y apoyo al artista.

La PDLI recuerda, como viene haciendo en casos similares, que la libertad de expresión ampara la manifestación de comentarios u opiniones que puedan ser socialmente reprobables o minoritarios, y que precisamente ese es el sentido de que sea necesario protegerla.

La PDLI lamenta que una vez más haya que insistir en que, de acuerdo con los estándares internacionales que obligan a España, solo están justificados los límites a la libertad de expresión en casos de clara incitación al odio, la hostilidad o la discriminación.

La PDLI considera muy grave que la sentencia del Tribunal Supremo, aprobada con el voto en contra del magistrado Perfecto Andrés Ibáñez, pase todo ello por alto condenando al cantante.

Precisamente, cuando la Audiencia Nacional lo absolvió previamente, el fallo tomaba en consideración el “tono crítico con la realidad social y política” y el “carácter pacífico y exclusivamente cultural” de los comentarios por los que ahora es condenado.

Además, durante la vista, César Strawberry explicó uno a uno los seis tuits por los que el fiscal le pedía 20 meses de cárcel: “Siempre he utilizado el humor, el sarcasmo, la ironía contra el centro comercial cultural que nos quiere inculcar el sistema”, argumentó entonces Strawberry. “No defiendo el terrorismo. Jamás en la vida lo he hecho, ni lo haré”, dijo entonces.

La PDLI considera que esta condena no es solo contra el cantante sino contra la libertad de expresión y los estándares internacionales de Derechos Humanos en los que se basa, y advierte que, con los criterios del Tribunal Supremo, cualquiera puede llegar a ser condenado.

La PDLI critica igualmente que el Supremo afirme en su sentencia que la intencionalidad es irrelevante.

Los delitos de enaltecimiento y de humillación a las víctimas

En esa misma línea, el jurista Joan Barata, experto internacional en libertad de expresión, consultado por la PDLI, entiende que “La condena de César Strawberry por parte del Tribunal Supremo muestra un preocupante desconocimiento por parte del alto Tribunal de los términos en los que hay que interpretar el alcance de la libertad de expresión, de acuerdo con los principios y normas internacionales a las que nuestro país está sujeto. El delito de enaltecimiento del terrorismo debe interpretarse de la forma más restringida posible a fin de evitar la persecución de discursos extremos, provocadores, e incluso ofensivos o de mal gusto, pero en definitiva desvinculados de toda actividad terrorista tanto en su intención como sus efectos”.

Y añade: “Lo mismo sucede, y con mayor motivo, respecto de otros tipos penales como el de la humillación de víctimas, cuya redacción ambigua y amplia es incompatible con los principios de estado de Derecho y necesidad, y acaba dando lugar, como es el caso de Strawberry, a la persecución penal de quienes se salen de los cauces de lo políticamente correcto”.

“Esta sentencia sienta un grave precedente con relación a la protección de la libertad de expresión en España y confirma la existencia de un serio problema de política legislativa en este terreno”, concluye Barata.

Reacción de Eduardo Madina

En el otro extremo, la PDLI agradece el posicionamiento de Eduardo Madina, mencionado en uno de los tuits de Strawberry, manifestando su solidaridad con el artista, al considerarlo muy relevante para la defensa de la libertad de expresión.

Imagen:

César Strawberry, el día de su juicio. Foto: Alejandro Navarro Bustamante